Nepotismo
Se ha contratado a la Sra. Mirtha Janet Borjas Guerra, para “Servicio de Apoyo en la Atención al Cliente”, AMC N° 107-2008-FMV, información que se puede constatar en la página web del SEACE.
La Sra. Borjas Guerra, ha suscrito la Declaración Jurada de Nepotismo, indicando que no tiene relación de parentesco hasta cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.
Según se puede apreciar en la nota de prensa: Juramento Comité de Damas de la Corte Superior de Justicia del Callao, publicada en la página web del Projusticia, siguiente:
http://www.projusticia.org.pe/pdf/Noti20070213.doc
La Sra. Mirtha Janet Borjas Guerra o mejor dicho Mirtha Janet Borjas de Alarcón, resulta siendo cuñada del Sr. Guillermo Alarcón Menendez, con lo cual se ha presentado información falsa para brindar un servicio al Estado.
La pregunta es como es que se contrató a la Sra. Borjas Guerra, si bien el proceso mediante el cual se le ha contratado es válido, lo que cabe preguntar es si el Sr. Alarcón Menendez, debe seguir pagando favores y contratando a personas relacionadas a él en el Fondo MIVIVIENDA, utilizando para ello a su socio Luis Izaguirre.
El Artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en su tercer párrafo indica:
“…
Los proveedores, participantes, postores o contratistas que incurran en las causales establecidas en el inciso 1), 2), 4) y 6) precedentes, serán sancionados con inhabilitación temporal para contratar con el Estado por un periodo no menor de un (1) año ni mayor de dos (2) años.
…
“
Ahora no es suficiente con que se resuelva el contrato o la Sra. Borjas renuncie, la falta ya existe, ahora solo queda sancionar a los responsables.
No vaya a decir, Sr. Alarcón que alguien lo quiere perjudicar. Recuerde que usted llevo al Fondo Mivivienda a la Sra. Borjas de Alarcón.
Falta de Ética
El Código de Ética y Conducta del Fondo MIVIVIENDA S.A. en el Capítulo I, Artículo 2 indica:
“
Este Código rige para todo trabajador del FMV S.A., considerándose como tal a todo empleado, personal, servidor, o locador de servicios de la empresa, en cualquiera de los niveles jerárquicos, sea de dirección o confianza, sea nombrado, contratado o designado, siempre y cuando desempeñe actividades o funciones a nombre de la empresa.
Se considera como trabajadores del FMV S.A., a los Directores designados por el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE y a los representantes del Estado ante la Junta General de Accionistas.
“
Por lo que dicho Código es de cumplimiento obligatorio también para el Presidente del Directorio de la Empresa, sin embargo algunos principios enunciados en Artículo 4 no vienen siendo observados por el Sr. Alarcón:
a) Probidad, el código establece: “actúa con rectitud, honradez y honestidad, procurando satisfacer los intereses legítimos de la empresa, sus clientes y la sociedad en su conjunto, y desechando el provecho o ventaja personal obtenida por si o por interpósita persona. Profesa y práctica un claro rechazo a la corrupción en todos los ámbitos de desempeño de la empresa y cumple cabalmente con las normas vigentes”
Sr. Alarcón como es posible que se aproveche de su cargo para:
1. Generar gastos de representación a la organización de modo desmedido y sin inteligencia (facturas de pollos para llevar, no suenan muy lógicas)
2. Requerir a la organización, asuma el gasto de combustible de su vehículo personal (petróleo)
3. Requerir a la Empresa contrate al Sr. Andrés Julian Quispe García, su chofer personal, quien estuvo contratado en el Estudio Alarcón Menendez Abogados, según consta en el certificado de trabajo expedido el 22.04.08, por más de 14 años.
Cual sería la razón para dejar que alguien con quien ha trabajado 14 años, renuncie a la empresa, para que sea contratado por el Estado, simplemente dejar de incurrir en el gasto y que el estado lo mantenga Sr. Alarcón?
4. Similar situación se aprecia con la contratación del Sr. Mario Alberto Chapoñan Mego, contratado como apoyo administrativo en trámite documentario a la presidencia del directorio. El Sr. Chapoñan presta servicios en el Estudio Alarcón Menéndez Abogados, según la constancia de trabajo expedida el 05.05.08
b) Compromiso con la Información: el trabajador del FMV S.A. no podrá facilitar a terceros información que afecte las intenciones o posiciones de las contrapartes en el mercado de capitales, debiendo limitarse a divulgar únicamente temas generales y de difusión pública. No podrá anticipar información sobre los planes y estrategias de la empresa, así como aconsejar la retirada de posiciones ante posibles agresiones.
Por todos es conocido que entre el Sr. Alarcón y el Sr. Izaguirre, han entregado los informes de gestión del FMV a COFIDE, lo que ha permitido que se firmen los dos convenios de cooperación interinstitucional, donde la labor del FMV ha quedado limitada a solo difusión de los proyectos inmobiliarios, subrogando su actividad en el mercado de capitales, por favorecer a COFIDE.
Que puede decir al respecto Sr. Alarcón.
Como es posible que aún existiendo dichos convenios, en lo que COFIDE asume como responsabilidad brindar asesoría financiera al FMV, se contrate al hermano del Gerente del Área de Negocios II de COFIDE, Sr. Carlos Armando Mestas Bendezu.
Una buena forma de pagar favores, no es así Sr. Izaguirre?
Se ha contratado a la Sra. Mirtha Janet Borjas Guerra, para “Servicio de Apoyo en la Atención al Cliente”, AMC N° 107-2008-FMV, información que se puede constatar en la página web del SEACE.
La Sra. Borjas Guerra, ha suscrito la Declaración Jurada de Nepotismo, indicando que no tiene relación de parentesco hasta cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.
Según se puede apreciar en la nota de prensa: Juramento Comité de Damas de la Corte Superior de Justicia del Callao, publicada en la página web del Projusticia, siguiente:
http://www.projusticia.org.pe/pdf/Noti20070213.doc
La Sra. Mirtha Janet Borjas Guerra o mejor dicho Mirtha Janet Borjas de Alarcón, resulta siendo cuñada del Sr. Guillermo Alarcón Menendez, con lo cual se ha presentado información falsa para brindar un servicio al Estado.
La pregunta es como es que se contrató a la Sra. Borjas Guerra, si bien el proceso mediante el cual se le ha contratado es válido, lo que cabe preguntar es si el Sr. Alarcón Menendez, debe seguir pagando favores y contratando a personas relacionadas a él en el Fondo MIVIVIENDA, utilizando para ello a su socio Luis Izaguirre.
El Artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en su tercer párrafo indica:
“…
Los proveedores, participantes, postores o contratistas que incurran en las causales establecidas en el inciso 1), 2), 4) y 6) precedentes, serán sancionados con inhabilitación temporal para contratar con el Estado por un periodo no menor de un (1) año ni mayor de dos (2) años.
…
“
Ahora no es suficiente con que se resuelva el contrato o la Sra. Borjas renuncie, la falta ya existe, ahora solo queda sancionar a los responsables.
No vaya a decir, Sr. Alarcón que alguien lo quiere perjudicar. Recuerde que usted llevo al Fondo Mivivienda a la Sra. Borjas de Alarcón.
Falta de Ética
El Código de Ética y Conducta del Fondo MIVIVIENDA S.A. en el Capítulo I, Artículo 2 indica:
“
Este Código rige para todo trabajador del FMV S.A., considerándose como tal a todo empleado, personal, servidor, o locador de servicios de la empresa, en cualquiera de los niveles jerárquicos, sea de dirección o confianza, sea nombrado, contratado o designado, siempre y cuando desempeñe actividades o funciones a nombre de la empresa.
Se considera como trabajadores del FMV S.A., a los Directores designados por el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE y a los representantes del Estado ante la Junta General de Accionistas.
“
Por lo que dicho Código es de cumplimiento obligatorio también para el Presidente del Directorio de la Empresa, sin embargo algunos principios enunciados en Artículo 4 no vienen siendo observados por el Sr. Alarcón:
a) Probidad, el código establece: “actúa con rectitud, honradez y honestidad, procurando satisfacer los intereses legítimos de la empresa, sus clientes y la sociedad en su conjunto, y desechando el provecho o ventaja personal obtenida por si o por interpósita persona. Profesa y práctica un claro rechazo a la corrupción en todos los ámbitos de desempeño de la empresa y cumple cabalmente con las normas vigentes”
Sr. Alarcón como es posible que se aproveche de su cargo para:
1. Generar gastos de representación a la organización de modo desmedido y sin inteligencia (facturas de pollos para llevar, no suenan muy lógicas)
2. Requerir a la organización, asuma el gasto de combustible de su vehículo personal (petróleo)
3. Requerir a la Empresa contrate al Sr. Andrés Julian Quispe García, su chofer personal, quien estuvo contratado en el Estudio Alarcón Menendez Abogados, según consta en el certificado de trabajo expedido el 22.04.08, por más de 14 años.
Cual sería la razón para dejar que alguien con quien ha trabajado 14 años, renuncie a la empresa, para que sea contratado por el Estado, simplemente dejar de incurrir en el gasto y que el estado lo mantenga Sr. Alarcón?
4. Similar situación se aprecia con la contratación del Sr. Mario Alberto Chapoñan Mego, contratado como apoyo administrativo en trámite documentario a la presidencia del directorio. El Sr. Chapoñan presta servicios en el Estudio Alarcón Menéndez Abogados, según la constancia de trabajo expedida el 05.05.08
b) Compromiso con la Información: el trabajador del FMV S.A. no podrá facilitar a terceros información que afecte las intenciones o posiciones de las contrapartes en el mercado de capitales, debiendo limitarse a divulgar únicamente temas generales y de difusión pública. No podrá anticipar información sobre los planes y estrategias de la empresa, así como aconsejar la retirada de posiciones ante posibles agresiones.
Por todos es conocido que entre el Sr. Alarcón y el Sr. Izaguirre, han entregado los informes de gestión del FMV a COFIDE, lo que ha permitido que se firmen los dos convenios de cooperación interinstitucional, donde la labor del FMV ha quedado limitada a solo difusión de los proyectos inmobiliarios, subrogando su actividad en el mercado de capitales, por favorecer a COFIDE.
Que puede decir al respecto Sr. Alarcón.
Como es posible que aún existiendo dichos convenios, en lo que COFIDE asume como responsabilidad brindar asesoría financiera al FMV, se contrate al hermano del Gerente del Área de Negocios II de COFIDE, Sr. Carlos Armando Mestas Bendezu.
Una buena forma de pagar favores, no es así Sr. Izaguirre?
Ya volvemos con más información respecto a los siameses de la corrupción, que se han instalado en el Fondo MIVIVIENDA, a vista y paciencia de las autoridades del gobierno central.
1 comentario:
Al fin se hizo eco en los medios, que salgan todos esos muertos de hambre.
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